La hora extra diurna dominical y festiva, son aquellas que se generan cuando un empleado presta sus servicios a una empresa durante la jornada diurna, habiendo ya cumplido el trabajador con la jornada ordinaria. En otras palabras las horas extras diurnas dominicales o festivas son las horas adicionales a la jornada ordinaria del trabajador, siempre y cuando estas horas se den entre las 6:00 am y las 10:00 pm de un domingo o festivo.
La forma para liquidar estas horas son las siguientes: Tomamos el valor del salario, lo multiplicamos por 2.0, este valor lo volvemos a multiplicar por las horas extras laboradas y lo dividimos en 240
¿Por qué se multiplica por 2.0?
porque según el articulo 168 numeral 2 del CST: ''El trabajo extra diurno se remunera con un recargo del 25% sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas''
según el articulo 179 numeral 1 del CST: ''El trabajo dominical o festivo se remunera con el recargo del 75% sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas''
De lo anterior podemos concluir que el empleado labora una hora = 1 + 0.25 (25%) + 0.75 (75%) = 2.0
Ejemplo:
Un trabajador devenga mensualmente un salario de $1.000.000 y labora en el mes de marzo 8 horas extras diurnas dominicales ¿Cual sera el valor a pagar por concepto de horas extras diurnas dominicales?
Formula hora extra diurna dominical o festiva: (((valor sueldo*2.0)*cantidad horas extras)/240)
Formula hora extra diurna dominical o festiva: (((1.000.000*2.0)*8)/240) = $66.667
El valor a pagar por concepto de horas extras diurnas dominicales es de $66.667
No hay comentarios:
Publicar un comentario