El empleador debe pagar al trabajador intereses sobre las cesantias que tenga acumuladas a 31 de diciembre, el interés sobre las cesantias se paga a una tasa del 12% anual sobre las cesantias o proporcional por fracción de año.
Formula Intereses sobre las cesantias: (valor cesantias*días laborados*0.12)/360
Ejemplo
Un trabajador ingresa a laborar el día 01 de julio y a 31 de diciembre tiene un valor $1.000.000 por concepto de cesantias acumuladas. ¿Cual seria el valor a pagar el día 31 de enero por concepto de intereses sobre las cesantias?
del 01-julio al 31-diciembre = 180 días (6 meses*30 días) = 180
la tasa de interés es del 12% = 0.12
del 01-julio al 31-diciembre = 180 días (6 meses*30 días) = 180
la tasa de interés es del 12% = 0.12
Intereses sobre las cesantias: (1.000.000*180*0.12)/360 = $60.000
NOTA: Los intereses se deben pagar a mas tardar el 31 de enero y estos se pagan directamente al trabajador, esto es, que a diferencia de las cesantias que se deben consignar a un fondo, en el caso de los intereses sobre las cesantias se deben pagar al trabajador.
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